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La imprudencia la volante pasa a considerarse siempre delito

Hasta ahora cuando una imprudencia al volante era calificada como leve, se archivaba la causa penal y el denunciante tenía que acudir a la vía civil para reclamar la indemnización. Con la reforma, se establece que la imprudencia ha de ser calificada como mínimo como menos grave, pero nunca como leve, de modo que se considere objetivamente delito. Además, será delito público por lo que el juez puede de oficio entrar a investigar los hechos sin necesidad de denuncia de la persona agraviada.

Además, la pena de privación del derecho a conducir pasa a ser preceptiva en los delitos de imprudencia menos grave, como en todos los delitos contra la seguridad vial.

Y se modifica la Ley de Tráfico estableciendo la obligatoriedad de que la policía ponga en conocimiento del juez, junto con el atestado, los hechos derivados de infracciones de tráfico con resultado de lesión o muerte.

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