¿Por qué los velocímetros marcan una velocidad mayor de a la que circulamos Así lo establece una normativa europea

¿Por qué los velocímetros marcan una velocidad mayor de a la que circulamos? Así lo establece una normativa europea

Aunque hay quien pueda pensar que se tarta de una leyenda urbana, los velocímetros de los vehículos marcan más velocidad de la real a la que circulamos. Hay una razón fundamental por la que esto ocurre, y es que tienen expresamente prohibido marcar de menos debido a una normativa europea.

La razón de que este “engaño” exista es para reducir el riesgo de que los conductores vayan más rápidode la velocidad real permitida en carretera de forma involuntaria, pero también los fabricantes evitan ser demandados por accidentes (e incluso por multas) cuya causa principal fuera un error en la velocidad que nos indica el coche.

Sin embargo tampoco se podía dejar que los velocímetros indicaran una velocidad muy inferior a la real, porque entonces ningún conductor los tomaría como referencia. Por ello se estableció la normativa europea UN ECE Regulation 39, que marca hasta qué punto los velocímetros nos pueden “engañar”.

De esta manera, lo que establece esta normativa es que el desajuste puede ser, como máximo, igual a la velocidad real multiplicada por 0,1 (es decir, añadirle un 10%) más otros 4 km/h. Es decir, que sería legal que un coche circulara a 120 km/h reales indicándonos 136 km/h en el velocímetro. En cualquier caso los fabricantes no tienen por qué ceñirse a este margen máximo, y en muchos casos la velocidad indicada será más próxima a la real.

¿Qué debe hacer el taller si el cliente retira el vehículo sin reparar?

Cuando se realiza una reparación en garantía, la ley que regula la garantía en la venta de bienes de consumo (TRLDCYU) obliga al vendedor a entregar al cliente un documento en el que se recoja la fecha en que éste retira el vehículo y las operaciones realizadas en el mismo. En este caso en que no está cubierto por la garantía y, por tanto, el vendedor no lo ha reparado, también sería conveniente entregarle un documento en que el vendedor haga constar el motivo por el que considera que no procede la reclamación en garantía y, necesariamente, cuando le corresponda la carga de la prueba.

Recordamos que, en la venta de VO, durante todo el plazo de la garantía corresponde al vendedor presentar las pruebas que acrediten por qué la avería no está incluida en garantía. En el caso de VN, este plazo es de 2 años.

Además, el taller en que se ha realizado la diagnosis es conveniente que entregue al cliente un documento haciendo constar las reparaciones que sería necesario realizar al vehículo y las consecuencias que puede conllevar no realizarlas. La normativa de talleres (Real Decreto 1457/1986) establece que el taller ha de hacer constar en la factura la falta de aceptación del presupuesto indicando la necesidad de su reparación. De no proceder así, el taller podría encontrarse con una reclamación de daños y perjuicios del cliente si no puede demostrar que le informó correctamente tanto de las reparaciones que eran necesarias como de las consecuencias de no realizarlas y fue éste quien decidió no llevarlas a cabo.

Se incrementa un 31% la demanda de vehículos de movilidad de segunda mano desde mayo de 2022

La imprudencia la volante pasa a considerarse siempre delito

Hasta ahora cuando una imprudencia al volante era calificada como leve, se archivaba la causa penal y el denunciante tenía que acudir a la vía civil para reclamar la indemnización. Con la reforma, se establece que la imprudencia ha de ser calificada como mínimo como menos grave, pero nunca como leve, de modo que se considere objetivamente delito. Además, será delito público por lo que el juez puede de oficio entrar a investigar los hechos sin necesidad de denuncia de la persona agraviada.

Además, la pena de privación del derecho a conducir pasa a ser preceptiva en los delitos de imprudencia menos grave, como en todos los delitos contra la seguridad vial.

Y se modifica la Ley de Tráfico estableciendo la obligatoriedad de que la policía ponga en conocimiento del juez, junto con el atestado, los hechos derivados de infracciones de tráfico con resultado de lesión o muerte.

Algunas ciudades españolas podrían implantar los peajes urbanos a partir de 2023

Las matriculaciones acumulan un retroceso anual del 7,4% a pesar de la mejoría de septiembre

Madrid, 3 de octubre de 2022. El mercado logra por segundo mes consecutivo un crecimiento en las ventas, con un repunte del 12,7% respecto al mismo mes de septiembre del año anterior, con un total de 67.240 unidades. A pesar de este aumento, el mes se sitúa por debajo de los registros prepandémicos (septiembre de 2019), con una caída del 17,7%. La fuerte inflación, la mayor incertidumbre económica en los usuarios y la crisis de los microchips están afectando tanto la demanda como el volumen de entregas, siendo factores determinantes para reflejar que el acumulado del año se mantiene en negativo, con un retroceso del 7,4% hasta el noveno mes, con 600.281 unidades en total. 

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Vehiculo electrico NP

Las matriculaciones de vehículos electrificados continúan al alza y crecen más de un 12% en septiembre

 Madrid, 3 de octubre de 2022.- Las matriculaciones de vehículos electrificados (100% eléctricos + híbridos enchufables) de todo tipo (turismos, dos ruedas, comerciales e industriales) subieron un 12,6% en septiembre, hasta las 9.164 unidades, según datos de la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica (AEDIVE) y la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos (GANVAM). En lo que va de año, acumulan un total de 71.776 unidades, lo que supone un 28,2% más. 

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