GANVAM advierte de que el derecho a la indemnización por cierre que impulsa el PdeCAT no tendría carácter retroactivo

  • La enmienda a la Ley sobre el Contrato de Agencia, pendiente de aprobación parlamentaria, introduce el derecho del distribuidor de vehículos a una indemnización por cancelación del contrato por parte del fabricante
  • Su aprobación sería “una gran noticia” porque facilitaría a los jueces instrumentos para proteger al concesionario

La Asociación Nacional de Vendedores y Reparadores de Vehículos (GANVAM) advierte a sus asociados de que, a priori, el derecho a la indemnización por cierre que impulsa el PdeCAT en la modificación de la Ley sobre el Contrato de Agencia no tiene carácter retroactivo y, por tanto, no se podría aplicar a contratos anteriores a su entrada en vigor.

Recientemente, el PdeCAT registró en el Congreso una enmienda de modificación de la Ley 12/199, con el objetivo de que se reconozca también a los distribuidores de vehículos el derecho a una indemnización en caso de cancelación unilateral del contrato de concesión por parte del fabricante.

Para Ganvam, la patronal del sector de la distribución de vehículos, la aprobación en el Parlamento de esta modificación de la Ley sería una “magnífica noticia”, ya que serviría de instrumento de protección a los vendedores de vehículos, que son la parte más débil en la relación con los fabricantes.

En concreto, la propuesta contempla una indemnización al distribuidor por el fondo de comercio, las inversiones no amortizadas para la ejecución y desarrollo del contrato y las indemnizaciones relativas al personal laboral que trabajase para el agente, distribuidor o concesionario.

En este sentido, Ganvam recuerda que cuando los tribunales han aplicado la Ley de Contrato de Agencia a supuestos de cancelación que no estaban previstos en dicha normativa, lo han hecho atendiendo a las circunstancias de cada caso, habiendo considerado que se había producido incumplimiento de contrato, competencia desleal, falta de preaviso, etc. Es decir, la aplicación de estos supuestos se ha sometido al criterio del juez.

Si el Parlamento aprobase esta modificación de la Ley sobre el Contrato de Agencia, los jueces sí contarían con un instrumento adicional en favor de los distribuidores. No obstante, las leyes son irretroactivas, por lo que “para no levantar falsas expectativas es muy importante tener en cuenta que, salvo que por disposición transitoria se indique lo contrario, la enmienda no se podría aplicar con carácter retroactivo a contratos o situaciones anteriores a su entrada en vigor”, recalca el director Corporativo de Ganvam, Jaime Barea.

¿Es factible prohibir los coches de combustión en 2035 si no se abaratan los eléctricos

Baterías intercambiables en los coches eléctricos para equiparar el tiempo de carga al de un repostaje de gasolina

Los modelos eléctricos están ganando cada vez más popularidad entre los conductores. Sin embargo, estos coches cuentan con un gran hándicap: el tiempo de carga. Y es que, la carga de los eléctricos tarda entre 20 y 60 minutos en completarse, lo que no les hace vehículos idóneos para los más impacientes.

Para poner fin a este problema, la empresa estadounidense Fisker ha presentado una solución para que la carga de los coches eléctricos sea mucho más rápida y no sea un proceso que lleve hasta una hora en completar, según recogen desde Business Insider.

En lugar de volver a cargar la misma batería una y otra vez, lo que la compañía americana propone es sacar la batería descargada y reemplazarla por una nueva. Para ello, Fisker se ha asociado con la empresa Ample para ofrecer esta función a los usuarios que compren el nuevo coche eléctrico Ocean SUV a partir de 2024.

Esta propuesta promete ahorrar dinero, al tener un menor costo por kilómetro recorrido, y tiempo, ya que el cambio de batería tarda mucho menos que una carga completa. De hecho, la idea es tardar incluso menos tiempo en cambiar la batería que en llenar un tanque de gasolina.

Fisker asegura que este es un proyecto enfocado para los conductores de VTC u otras plataformas de transporte similares, que buscan usar la carga de baterías sin gastar de más ni afectar su tiempo de trabajo.

¿Cuáles son los principales fallos de las motos al pasar la ITV

¿Cuáles son los principales fallos de las motos al pasar la ITV?

Cerca del 60% de las motos que circulan en España obligadas a superar la inspección técnica obligatoria lo hace con la ITV caducada, según cifras de la patrona de estaciones de inspección AECA-ITV. Este factor incrementa el riesgo de siniestralidad en los accidentes. Sin embargo, ¿cuáles son los principales fallos que presentan las motocicletas cuando acuden a la ITV:

  • Ejes, ruedas, neumáticos y suspensión: Estos cuatro elementos representan el 11,5% de los defectos detectados en la ITV. No obstante, según aseguran desde AECA-ITV, un conductor puede llegar a determinar el mal estado de un neumático fácilmente por un comportamiento mucho más inestable de la motocicleta.
  • Alumbrado y señalización: es el defecto más repetido. De hecho, uno de cada tres defectos graves que se imputa en motocicletas (32,6%) corresponde a alumbrado y señalización, lo que supone un importante riesgo para la circulación, dado que estos elementos permiten ver y ser visto por el resto de los usuarios de la vía.
  • Emisiones contaminantes: se trata de un apartado que agrupa el 15,8% de los defectos detectados en la ITV en motocicletas y ciclomotores. Se verifica no solo la emisión de gases, sino el ruido emitido, ya que la alta contaminación acústica es uno de los males endémicos de las motos.

Sin embargo, según los informes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, durante el último año, cuatro de cada cinco motocicletas que acudieron a la revisión en las estaciones de inspección técnica aprobaron a la primera.