Pasados casi siete meses desde la venta del coche, el cliente indica que la pantalla táctil de la radio no responde al presionar. Una vez diagnosticado el problema por el taller concertado del vendedor, informa que tiene el convencimiento de que la pantalla ha sufrido un golpe. Según el técnico, esta anomalía es muy habitual en este tipo de pantallas debido a su sensibilidad y baja calidad.
El vendedor responde en garantía de las deficiencias que tuviera el vehículo a la entrega. Habrá que comprobar, por tanto, cuál es el origen de la avería, y si se ha producido ahora o ya la tenía de algún modo en el momento de la compra.
Respecto del origen de la avería, el taller considera que se ha producido por un golpe externo que le habría dado el conductor. Siendo así, no sería una deficiencia del vehículo y no estaría incluido en garantía. En cuanto al momento en que se ha originado la avería, en este caso sería posterior a la entrega pues entiende que, de haber tenido algún malfuncionamiento, se hubiera apreciado desde el momento de la entrega. Podemos concluir, por tanto, que la avería no está incluida en garantía.
Otra cosa es que le corresponde al vendedor presentar la prueba. Desde el 1 de enero de este año ha entrado en vigor una modificación de la normativa sobre garantía por la que la prueba en venta de VO corresponde al vendedor por todo el tiempo de la garantía y no solo durante los primeros seis meses. El taller tendría que hacer un informe escrito que el vendedor aportará como prueba junto con su contestación denegando la atención en garantía. Si no presenta la prueba o no lo puede probar, se presumiría que la avería está incluida en garantía.