Iberdrola y Disfrimur ponen en marcha el primer corredor mediterráneo para el transporte pesado por carretera sin emisiones

Iberdrola y Disfrimur ponen en marcha el primer corredor mediterráneo para el transporte pesado por carretera sin emisiones

Iberdrola y Disfrimur han puesto en marcha el primer proyecto de electrificación del corredor mediterráneo para el transporte de mercancías por carretera, que va a permitir acelerar la descarbonización de un sector que es estratégico para la economía nacional ya que el 96% de las mercancías transportadas en España es por carretera y es responsable del 25% de las emisiones de efecto invernadero en su ámbito.

Ambas compañías han inaugurado los puntos de recarga específicos para camiones en las bases logísticas de Disfrimur ubicadas en Sangonera la Seca (Murcia) y San Isidro (Alicante) junto a la A-7, que cuentan en una primera fase con dos cargadores de 180 kilovatios (kW) de potencia en cada instalación. Los puntos de recarga serán de uso público, por lo que también estarán disponibles para camiones y furgonetas de otras empresas, así como para vehículos ligeros.

La segunda fase del proyecto, planificada para 2024, va a permitir añadir en cada una de las bases un cargador MCS (Megawatt Charging System) de 1.200 kW de potencia, lo que facilitará la carga de camiones con baterías de más de 600 kWh en unos 30 minutos, tiempo similar a las paradas obligatorias de descanso. Actualmente, Iberdrola e Ingeteam, la empresa española especializada en electrónica de potencia, están desarrollando el primer cargador comercial con esta tecnología que va a permitir velocidades de carga tan elevadas, imprescindibles para la electrificación del transporte de mercancías de larga distancia, o para dar servicios de distribución de mercancías 24/7.

Estas instalaciones que se acaban de poner en marcha se suman a la estación de recarga ultrarrápida que Iberdrola dispone en Elche, el hub de recarga para vehículos eléctricos de mayor potencia existente en el Sur de Europa, que también dispone de plazas específicas para camiones en el kilómetro 25 de la Autovía A-70 en ambos sentidos, con potencias de 400 kW y 200 kW, por lo que la compañía ya da servicio durante un tramo de aproximadamente 100 kilómetros.

Se cumplen así los primeros hitos para la creación del corredor mediterráneo para el transporte por carretera 100% eléctrico, que discurrirá por la Región de Murcia y la C. Valenciana, y que posibilitará la circulación de vehículos pesados entre Puerto Lumbreras y Vinaròs, más de 450 kilómetros de rutas de transporte de mercancías libres de emisiones y con el objetivo de extender el proyecto al resto de corredores del país en próximos años.

 

El presidente de Aseicar, José Manuel Jurado, nuevo presidente del Salón Internacional del Caravaning, el mayor evento del sector en España

¿Cuándo tiene que pasar la ITV una autocaravana?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos (Anexo II RD 2822/1998), la clasificación 3248 corresponde a:

32 Auto-caravana MMA ≤ 3.500 kg: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

48 Vivienda: Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda. Pero la normativa ITV, al establecer la periodicidad de la inspección, no establece un plazo específico para las autocaravanas. Desde 2018, la periodicidad de la inspección no se establece por tipo de vehículo sino en función de su categoría (ver art. 6.1 RD 920/2017). Si es categoría M1, la primera inspección es a los 4 años. Si es N1, es a los 2 años. Y la definición que da el propio artículo es:

  • M1: vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y de sus equipajes, con un máximo de ocho plazas, excluida la del conductor.
  • N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas.

Además, en la normativa anterior las autocaravanas también pasaban la primera inspección a los cuatro años. El RD 920/2017 derogó el anterior RD 2042/1994, que expresamente decía que los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, con capacidad hasta nueve plazas incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda, pasaban la primera inspección a los cuatro años.

En la multa, en la clase de vehículo pone: V. ESPECIAL. Entendemos que porque la definición de autocaravana del Anexo II del Reglamento General de Vehículos es vehículo construido con un propósito especial:

  • Autocaravana: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

Pero esto no cambia la periodicidad de la inspección porque el RD 920/2017 solo diferencia los “vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria automotriz”, que no es el caso de la autocaravana y, además, tienen también la primera inspección a los 4 años.

La única vía para que se pudiera aplicar una periodicidad de 2 años es que se considere como un vehículo mixto ya que el mismo artículo del RD 920/2017 dice en el punto 3 que en los vehículos mixtos, la frecuencia de inspección aplicable será la correspondiente a la categoría N en la que el vehículo pueda catalogarse. Pero cuando el Anexo II del Reglamento General de Vehículos establece las definiciones de los vehículos, diferencia entre vehículo mixto adaptable y autocaravana, luego la autocaravana no es un vehículo mixto. Dice:

Vehículo mixto adaptable Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Autocaravana Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

Y el propio Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV (versión 7.6.1) diferencia en los vehículos asimilables a M1, entre vehículo mixto adaptable y autocaravana MMA hasta 3.5t. (pág. 36), luego la autocaravana sería vehículo M1 distinto del mixto adaptable.

En conclusión, para que la autocaravana pase la primera inspección a los 2 años tendría que ser categoría N1 o ser vehículo mixto.

La DGT avisa Pasar el semáforo en ámbar está prohibido y acarrea multa de 200 euros

La DGT avisa: Pasar el semáforo en ámbar está prohibido y acarrea multa de 200 euros

Según informan desde la Dirección General de Tráfico, el color ámbar en los semáforos tienen la misma validez que el rojo, y todos los vehículos deben inmediatamente detenerse sin continuar la marcha.

Esta norma obligatoria, salvo que el color ámbar o naranja se encuentre de modo continuo y parpadeando -lo que en ese caso sí indica que se puede seguir circulando con precaución-, supone ya una sanción económica hoy de 200 euros y la retirada de hasta 4 puntos en el carné de conducir.

Así lo indica el artículo 146 del Reglamento General de Conductores, que asegura que la DGT puede multar a cualquier vehículo que se salte un semáforo en ámbar. Y saltarse los semáforos en rojo, no hay que olvidar que son de las mayores sanciones que podemos ver a diario en las ciudades: según los últimos datos publicados por el Ayuntamiento de Madrid, las multas por saltarse un semáforo en rojo se han multiplicado en más de un 500% en los últimos ejercicios.

La Comunidad de Madrid lanzará ayudas de hasta 600 euros para la obtención del carné de camiones y autobuses

La Comunidad de Madrid lanzará ayudas de hasta 600 euros para la obtención del carné de camiones y autobuses

La Comunidad de Madrid ha anunciado la entrada en vigor de una nueva bonificación de 600 euros para la obtención del carné de conducir de camiones y autobuses. La nueva ayuda prevista por la Comunidad de Madrid podría beneficiar ya, directamente, a un total de 2.800 conductores.

Los requisitos por ahora anunciados son que, para acceder a este bono de 600 euros, hay que estar ya en posesión del carné B de conducir y ser residente o trabajar en la Comunidad de Madrid. Los cursos para la obtención de estos títulos de conductores profesionales se pueden realizar en la Escuela del Transporte en modalidad de formación telemática.

El plan de ayudas de la Comunidad de Madrid está ya previsto para los carnés C, o C+E (de camiones), y para el permiso D (de autobús). La inversión prevista inicialmente asciende a unos 2 millones de euros y, para comenzar, el bono de 600 euros se destinará primero a desempleados inscritos en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid o a trabajadores empleados en la propia comunidad que cumplan con los requisitos del carné B y edad mínima.