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El 1 de noviembre la DGT dejará de emitir notificaciones en papel para empresas

A partir del 1 de noviembre de este año 2022 la Dirección general de Tráfico (DGT) dejará de emitir notificaciones en papel para las empresas.

Recordamos que las personas jurídicas tienen la obligación de disponer de una dirección electrónica vial (DEV) para las notificaciones referentes a las multas de tráfico que regula la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Además, también están obligados a relacionarse de forma electrónica con la Administración establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

Por este motivo, como persona jurídica deberás contar con una dirección electrónica vial antes del 1 de noviembre para recibir las notificaciones relativas a los procedimientos sancionadores de tráfico, las cuáles llegarán al correo electrónico o al teléfono móvil que hayas dado de alta.

Si como persona jurídica no has llevado a cabo el proceso de alta en la DEV antes del 1 de noviembre de 2022, la DGT procederá a asignar de oficio una dirección electrónica vial a la cual, a partir de ese momento, se enviarán las notificaciones de forma electrónica.

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¿La obligación de apagar el alumbrado de los escaparates a partir de las 22 horas afecta al rótulo de la marca y nombre del establecimiento?

El Real Decreto de medidas de eficiencia energética (Real Decreto-ley 14/2022) estableció la obligación de apagar a partir de las 22 horas el alumbrado de escaparates desde el día 9 de agosto de 2022 hasta el 1 de noviembre de 2023.

Lo establece el Artículo 29, que dice: “El alumbrado de escaparates regulado en el apartado 6 de la Instrucción Técnica Complementaria EA-02 del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, aprobado por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, deberá mantenerse apagado desde las 22 horas.”

Dicho Reglamento establece los límites de intensidad lumínica aplicables a “señales, carteles, anuncios luminosos, anuncios iluminados, alumbrado de escaparates, mobiliario urbano y edículos como marquesinas, cabinas telefónicas, etc”.

Puesto que la medida se ha establecido como obligatoria solo para el “alumbrado de escaparates” y no se ha extendido a señales, carteles y anuncios luminosos o iluminados, hemos de entender que no afecta al rótulo del establecimiento si se encuentra separado del escaparate ni tampoco al logo de la marca, que podrán estar iluminados.

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Los baremos afectan de forma intensa a la rentabilidad del taller de reparación

Madrid, 17 de octubre de 2022. Las asociaciones representativas de los talleres de reparación en España, CETRAA, CONEPA, GANVAM y FAGENAUTO, después de la denuncia contra el Estado español ante la UE, profundizan en su estrategia y evalúan el comportamiento de los cuatro baremos de pintura de acceso abierto para los talleres de reparación, dada su importancia como herramienta para defender la rentabilidad de su negocio frente a los baremos empleados por las entidades aseguradoras.

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