¿Puede el taller negarse a reparar un coche que no tiene seguro?

En el supuesto de que un conductor lleve su coche al taller sin tener en regla el seguro del vehículo la empresa reparadora se encuentra ante el dilema de qué pasaría si al salir a probar el vehículo a carreta tuvieran un accidente ¿De quién sería la responsabilidad de los daños? ¿Cambia algo que el propietario del coche acepte que se haga una prueba de carretera sin tener el seguro al día?

Es cierto que el obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro es el titular del vehículo y el incumplimiento de esta obligación conlleva el precinto del vehículo y la prohibición de circular, más la correspondiente sanción para el propietario. Pero si se produce un accidente con daños a tercero, el conductor del vehículo es directamente responsable de los daños causados en virtud del riesgo creado por la conducción y, a su vez, el taller es responsable de las actuaciones de sus empleados. No se puede trasladar esta responsabilidad al propietario del vehículo aunque acepte y autorice la prueba en carretera. Así, el taller será responsable directo de los daños ocasionados por su empleado y subsidiariamente la compañía de seguros del taller que tenga cubierta tal responsabilidad civil con los límites establecidos en la póliza.

En conclusión, un vehículo sin seguro no puede circular por lo que no se debería hacer la prueba en carretera y sin esto, dependiendo del tipo de intervención de que se trate, el taller no podría prestar un servicio de reparación completo, por lo que podrá negarse a aceptar el encargo.

El taller debería pedir la acreditación de la vigencia del seguro al propio cliente y comprobar que la ficha técnica está al día con la última inspección pasada. Es recomendable incorporar a la hoja de depósito una leyenda referente a que el cliente declara que el vehículo cuenta con el seguro obligatorio.

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