El próximo 1 de enero de 2025 entrará en vigor la denominada Euro 5+ aplicable a vehículos de categoría L -motocicletas y ciclomotores-. A partir de esa fecha será obligatorio el cumplimiento de esta normativa para la matriculación de esta tipología de vehículos Además, en lo que se refiere a la homologación de nuevos tipos para los fabricantes, su exigencia se adelanta un año, al 1 de enero de 2024.
La Euro 5+ es la segunda fase de la Euro 5, que incluirá nuevos requisitos relativos al OBD (sistema de diagnóstico a bordo en vehículos, por sus siglas en inglés) para todas las categorías, así como los requisitos Euro 5 para trial, enduro y otras categorías de cuadriciclos, para los que se retrasó la implantación de los nuevos límites.
Como siempre, habrá fines de serie en Industria con los límites y por el plazo que marca la reglamentación europea (10 % del número de vehículos matriculados en los dos años anteriores).
Toda la información se encuentra en el Reglamento (UE) 2013/168 (pg. 86-92) y en el Reglamento (UE) 901/2014 (modificado por el Reglamento (UE) 239/2020).