El 58% de las piezas reparadas en los vehículos están en la parte delantera

El 58% de las piezas que son reparadas en los vehículos se sitúan en la parte delantera, repartidos entre el frontal delantero (29%), la esquina delantera derecha (14,4%) y la delantera izquierda (13,7%), según ha informado este lunes la compañía de software, datos y servicios integrados de vehículos Solera.

En concreto, la empresa ha destacado que este hecho es síntoma de que los siniestros hoy en día son más por alcance que por golpes de aparcamiento.

La parte trasera, por su lado, gracias a tecnologías como son los sensores de aparcamiento se ve menos afectada, de modo que sólo el 26% de las piezas reparadas están en esta parte del vehículo, mientras que la zona central aglutina el 13,5%, mientras que la esquina trasera izquierda recibe el 6,4% de las reparaciones, y la derecha el 6%.

En cuanto al resto de la distribución de las reparaciones, los laterales de la carrocería reúnen un 13,8% de los trabajos realizados (7,1% en el lado derecho y el 6,7% en el izquierdo).

Solera ha recordado que los talleres, junto a la reparabilidad del vehículo, contribuyen a la sostenibilidad al dar una segunda vida a piezas dañadas en accidentes de tráfico, al tiempo que se aprecia cómo el índice de reparabilidad ha crecido en España en los últimos años, pasando del 63,5% en 2020, al 64,2% en 2021 y al 65,5% en 2022.

Fuente: Europa Press

¿Subastas online de vehículos de ocasión exclusivas Manheim España lo hace posible con Hyundai Motor España

¿Se aplica el derecho de desistimiento en una subasta online?

Las subastas online son ventas a distancia por lo que se les aplica la misma normativa que regula las ventas a distancia, no hay diferencia entre una venta online que se realiza a través de la página web y la que se realiza en una subasta online.

Esto implica que, respecto al derecho de desistimiento, en la subasta online el comprador que es consumidor también tiene el derecho de desistimiento durante 14 días desde la entrega del vehículo de las ventas a distancia, según establece el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios para las ventas a distancia (art. 92 y ss). Pero este texto refundido solo es aplicable en la venta de profesional a consumidor, no regula las ventas entre profesionales ni las ventas entre particulares. Si la subasta permite participar como compradores a profesionales o permite la venta por particulares, en estas operaciones no habría derecho de desistimiento.

Respecto a la normativa sobre garantía, no varía porque sea venta presencial o venta online, por lo que tampoco porque sea en subasta online. Pero igual que en el tema del desistimiento, la obligación de dar un plazo de garantía de 3 años (1 año mínimo en usado previo pacto con el comprador) está regulada en el texto refundido, por lo que solo se exige en venta de profesional a consumidor. En las ventas entre profesionales o entre particulares, no se aplica la obligación de dar garantía y las partes pueden acordar lo que quieran respecto a la responsabilidad que van a exigirse por averías que se manifiesten después de la entrega, y en defecto de pacto entre las partes, el comprador tendrá 6 meses para reclamar por vicios ocultos.

En cuanto a la devolución de la señal, la normativa aplicable es la misma para cualquier venta, sea presencial, online o en subasta online. La única particularidad a tener en cuenta es que en venta de profesional a consumidor no se pueden utilizar las denominadas arras penales, que son aquellas en las que simplemente el comprador las pierde. No se puede porque el texto refundido establece que, si se acuerda una penalización para el comprador consumidor, debe acordarse una penalización equivalente para el caso de que sea el vendedor quien no cumpla su obligación de entregar la cosa.

A partir del 1 de enero los centros comerciales tendrán que tener 16.500 puntos de recarga para vehículos eléctricos en sus aparcamientos

El Gobierno lanza la tercera convocatoria del Moves Flotas, dotado con 30 millones

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha lanzado la tercera convocatoria del programa Moves Flotas, que está dotada con 30 millones de euros y que además de la adquisición de vehículos, contempla la instalación de puntos de recarga o la electrificación de la flota.

El objetivo de la ayuda es profundizar en la electrificación integral de grandes flotas de transporte compuestas por vehículos ligeros, de empresas o entidades del sector público.

Según ha informado el Ministerio en un comunicado, la principal novedad de esta convocatoria es la reducción del límite de vehículos, de 25 a 10 unidades, que debe adquirir un beneficiario para optar a las ayudas. El máximo se mantiene en 500 vehículos, con la condición de que operen en más de una comunidad autónoma.

La ventanilla para presentar las solicitudes se abrirá el próximo 12 de septiembre a las 9.00 horas, y estará disponible hasta las 14.00 horas del 18 de octubre de 2023.

El Ministerio solo admitirá solicitudes de proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la fecha de registro de solicitud de la ayuda, mientras que el plazo máximo de ejecución de las actuaciones que reciban las ayudas será de 18 meses, contados a partir de la notificación de resolución favorable de concesión.

El Moves Flotas III, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), prevé tres tipos de actuaciones subvencionables. Además de la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible, contempla el desarrollo de infraestructura de recarga de baterías necesaria para la nueva flota en los aparcamientos de la empresa, así como la adquisición o adaptación de sistemas de gestión de flotas para digitalizar el control de rutas.

La actuación obligatoria para que el proyecto integral sea elegible es la compra de vehículos, mientras que el desarrollo de infraestructuras y las actuaciones de electrificación serán opcionales.

En este sentido, el número de puntos de recarga no podrá ser superior al número de vehículos subvencionados. El límite máximo para actuaciones de implantación de sistema de gestión será de 60.000 euros, mientras que el máximo de ayudas por beneficiario que gestione varias flotas no podrán superar los 2,5 millones de euros.

Por su parte, las ayudas por adquisición de vehículos varía según el beneficiario, la tipología del vehículo y su motorización, así como de achatarrar otro coche. Para las otras actuaciones, la intensidad de la ayuda será del 40% de los costes subvencionables, pudiendo ampliarse en 10 puntos porcentuales en caso de ayudas a medianas empresas y en 20 puntos si van destinadas a micro o pequeñas empresas.

Fuente: Europa Press