El precio de las motos usadas en máximos históricos cierra 2022 rozando los 6.700 euros

El precio de las motos usadas en máximos históricos: cierra 2022 rozando los 6.700 euros

El precio medio de las motocicletas usadas alcanzó su máximo histórico en España durante el pasado año, con 6.698 euros, lo que representa un incremento del 11,7% en la comparativa con la cifra de 2021, según el barómetro anual elaborado por la Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas (Anesdor) y Motos.net.

El documento apunta que este encarecimiento del mercado español de motocicletas de segunda mano durante el pasado ejercicio se vio motivado por la guerra de Ucrania y por el aumento del precio medio de oferta.

Por regiones, el precio medio de oferta varía en casi 2.000 euros entre las comunidades. Así, en Baleares el precio medio de las motos usadas fue de 8.018 euros en 2022, mientras que La Rioja, Navarra y Aragón se alcanzaron los menores registros, con un precio de unos 6.100 euros.

La recaudación por impuesto de matriculación crece casi un 40% en 2022 pese a la caída de ventas

La recaudación por impuesto de matriculación crece casi un 40% en 2022 pese a la caída de ventas

La recaudación pública por impuesto de matriculación creció un 38,7% en el conjunto del año pasado, hasta alcanzar los 649,29 millones de euros, según datos de la Agencia Tributaria.

Este fuerte incremento de los ingresos públicos por este concepto se produjo a pesar de la caída de las matriculaciones de turismos en 2022, cuando se entregaron 813.396 unidades (-5,4% en términos interanuales), según datos de Ganvam, Anfac y Faconauto.

En diciembre, la recaudación pública por impuesto de matriculación se situó en 63,93 millones de euros, lo que supone más que duplicar (+109%) los registros contabilizados en el último mes del ejercicio previo (31,059 millones de euros).

La cuota media a ingresar en concepto de esta tasa se situó en 744 euros en todo 2022, lo representa una subida de más de 223 euros (+43%) respecto al año anterior, mientras que en diciembre el importe medio fue de 800 euros, un 164% de avance (302 euros).

La garantía de pago, la cobertura y la atención al cliente, los 3 factores decisivos para elegir la marca de garantías mecánicas de vehículos

¿Qué responsabilidad tengo si contrato una garantía mecánica solo para el segundo año?

En la venta de VO el vendedor profesional tiene que dar como mínimo un año de garantía si el comprador del vehículo es un consumidor. El contenido y funcionamiento de esta garantía viene establecido por la normativa que regula la garantía en la venta de bienes de consumo (artículos 14 y siguientes TRLDCYU), y el vendedor es directamente responsable frente al comprador por aquellas anomalías que tuviera el vehículo en el momento de la venta y fueran desconocidas para el comprador.

Si queremos ir más allá del mínimo legal obligatorio y dar al cliente un segundo año de garantía, podemos establecer libremente las condiciones de esta garantía extendida. Si el vendedor decide contratar una garantía mecánica, que es este caso, el comprador tendrá dos garantías: la garantía legal obligatoria por el primer año, de la que es responsable el vendedor; y una segunda garantía para el segundo año, de la que es responsable la empresa de garantía mecánica y cuyo contenido y alcance será el establecido por dicha garantía, sin que tenga nada más que pueda reclamar al vendedor.

En consecuencia, si durante el segundo año se produce una avería, el comprador tendrá que reclamar a la empresa de garantía mecánica y ésta lo cubrirá o no en función de que se encuentre o no dentro de los elementos y averías incluidas en dicha garantía. Si no lo cubre, el comprador no podrá reclamar al vendedor del vehículo.

En los casos en que se contrata una garantía mecánica no para extender el plazo de garantía sino para cubrir el primer año de garantía legalmente obligatoria, el vendedor sigue siendo responsable en garantía en las mismas condiciones que lo sería de no haber contratado dicha garantía. En estos casos, cuando se produce la avería, el comprador ha de reclamar en primer término a la garantía mecánica y si ésta, por alguna exclusión, no lo cubre, el comprador podrá reclamar al vendedor, que responderá de acuerdo a lo que establece la normativa de garantía de la misma forma en que lo haría de no haber contratado dicha garantía mecánica. Se ha de tener en cuenta que estas garantías mecánicas suelen tener exclusiones de piezas o limitaciones de kilometraje, y puede darse el caso de que alguna avería no sea cubierta por la garantía mecánica pero sí por la garantía legal que ha de dar el vendedor.