GarantiPLUS, primera compañía del sector en firmar el Decálogo Ganvam de Buenas Prácticas sobre Garantías Mecánicas.
Ganvam recuerda que los vehículos de ocasión tienen por ley (RDL 1/2007) una garantía mínima de un año por la que debe responder el vendedor.
Madrid, 22 de enero de 2020.- El vehículo de ocasión es ya la primera opción de compra para el 76% de los conductores que se acercan a este mercado. No en vano, según datos de Ganvam, en 2019 se vendieron más de 2,2 millones de coches usados, lo que supone que por cada nuevo se venden más de 1,7 de segunda mano. Sin embargo, si bien a la hora de comprar un coche a estrenar el usuario tiene interiorizado que existe la conocida garantía del fabricante por la cual la marca se responsabiliza de los fallos técnicos durante los primeros años; más de siete de cada diez compradores de usados desconoce que estos modelos también tienen cubiertas las averías mecánicas durante el periodo de responsabilidad legal fijado en la normativa de protección de los consumidores.
Con esta normativa en la mano – Real Decreto Legislativo 1/2007- Ganvam recuerda es el vendedor quien debe responder por esta garantía. En el caso de vendedores particulares, que concentran más de la mitad de las operaciones, la responsabilidad se reduce a seis meses desde la entrega del vehículo; mientras que en el caso de concesionarios y compraventas es como mínimo de un año, lo que según la directora general de Ganvam, Ana Sánchez, “es una razón de peso para acudir a un profesional y asegurar una compra 100% fiable”.
Estándar mínimo sobre garantías mecánicas para proteger al comprador
Precisamente, con el fin de aumentar la protección del comprador y contribuir a un mercado de usados más fiable y transparente, que ponga en valor el buen hacer del vendedor profesional, Ganvam y GarantiPLUS -especialistas en extensión de garantía mecánica comercial con respaldo asegurador- han unido fuerzas para favorecer el cumplimiento de las responsabilidades que tienen en este sentido tanto los vendedores como las aseguradoras que les proporcionan estas coberturas.
De esta forma, GarantiPLUS se ha convertido en la primera compañía de garantías en suscribir el Decálogo Ganvam de Buenas Prácticas sobre Garantías Mecánicas donde la patronal de la distribución refleja el estándar que debe regular la comercialización de estos seguros y en el que destacan aspectos como:
– El vendedor no puede eludir la responsabilidad de garantizar las averías mecánicas recogida por ley.
– El PVP del coche incluye estas responsabilidades establecidas en la ley. – En ningún caso, las garantías comerciales que ofrezca libremente el vendedor pueden limitar o reducir los derechos del consumidor en lo que se refiere a las averías mecánicas.
– El vendedor que contrata el seguro de garantía mecánica será el tomador, pero los beneficios deben repercutir siempre en el comprador del coche.
– En este sentido, la información dada al comprador sobre el vehículo es clave no solo para cumplir con la ley sino para generar confianza y evitar frustrar las expectativas del cliente. De ahí que el proceso de venta deba ser riguroso, explicando de forma exhaustiva el estado del vehículo, los derechos del consumidor y los pasos que hay que seguir en el supuesto caso de que el vehículo sufra alguna incidencia.
– Será el vendedor quien determine, recurriendo a sus técnicos especialistas o a un perito si es necesario, origen y causa de la posible avería o disconformidad y, en definitiva, si entra dentro de la cobertura del seguro o no.
– La compañía de garantías mecánicas debe dejar establecido el alcance de la cobertura y la manera de proceder, pero será el vendedor quien decida la operativa que más se ajuste a sus intereses en lo que respecta al contacto con el cliente, asistencia y lugar de reparación.
– La compañía de garantías acepta como condición a la contratación del seguro que el vendedor recurra a Ganvam como mediador en caso de conflicto, así como que utilice con sus clientes finales el contrato de compraventa de vehículo de ocasión Ganvam declarado exento de cláusulas abusivas por la Agencia Española de Consumo y las comunidades autónomas.